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El reto de romper con las Cookies de Terceros manteniendo intacta la privacidad de los usuarios.

En enero del presente año, Google hacía oficial su intención de eliminar las cookies de terceros de su navegador Chrome para finales de 2023. Una de las cinco grandes tecnológicas – más allá de lo que la regulación actualmente exige- tiene especial sensibilización en el factor de protección de la privacidad de sus usuarios, por el ascenso de bloqueadores de anuncios que influyen en el comportamiento y vigilancia de los usuarios. La propuesta de Google Chrome entra en juego con la creación de su incubadora Privacy Sandbox mediante el desarrollo de una tecnología denominada Federated Learning of Cohorts (FLOC) que sustituirá a las cookies de terceros.

El Aprendizaje Federado de Cohortes presenta una alternativa viable a las cookies, una tecnología que prioriza la privacidad de terceros y cambia los patrones de seguimiento a editores y anunciantes, que deberán buscar nuevas formas de explorar la información a través de conversiones monetizadas de publicidad. Este sistema de cookies se caracteriza por colocar publicidad personalizada a individuos y así detectar determinadas preferencias o conductas de consumidores. Sin embargo, el nuevo diseño usará la identidad de cohortes o grupos con navegaciones similares para identificar las preferencias de los usuarios. Sin embargo, esta alternativa se ha encontrado con muchos problemas desde el inicio.

Cuando visitamos por primera vez una web, el primer aviso que nos aparece es el modo de empleo de cookies. Es frecuente que el usuario medio no preste mucha atención a dicho aviso y consienta directamente las cookies sin comprobar mínimamente la finalidad del texto de política de cookies. Los portales web utilizan las cookies para mejorar la experiencia de navegación. No obstante, en ciertas ocasiones se emplean técnicas invasivas de segmentación de la audiencia para trackear aquellos movimientos o recabar información relevante que los usuarios en sus búsquedas recorren a través de la huella digital.

En el derecho comunitario, la propuesta de regulación de la Comisión Europea relativa al respeto de la vida privada y a la protección de los datos personales en comunicaciones electrónicas, pretende configurar el deseo de los individuos de ocultarse eficazmente entre la multitud y proteger la anonimización del historial web de una persona en el navegador, incluyendo la exigencia de mayor transparencia en la gestión de tratamiento, la elección y el control de la utilización de sus datos.

Actualmente, las cookies, en la medida en que se utilizan para identificar a los usuarios, se califican como datos personales y, por tanto, están sujetas al

Reglamento General de Protección de Datos. Las empresas tienen derecho a tratar los datos de sus usuarios siempre que reciban el consentimiento expreso o tengan interés legítimo.

Por ende, el desarrollo digital debe garantizar la confianza de los usuarios en la red y el proceso de retirada de las cookies se llevará a cabo, respetando la privacidad de los usuarios que proporcione mayor seguridad a los mismos y reemplazar formas de rastreo individual por agrupaciones de usuarios anónimos que no identifiquen de manera unitaria sino de manera colectiva diferencial.

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